El pasado 26 de septiembre de 2011 el Tribunal Superior de Justicia hizo pública una sentencia novedosa en materia de asignación de tributos, en virtud de un recurso de apelación planteado por el departamento jurídico de la consultora inmobiliaria Forcadell. El máximo órgano judicial de Catalunya decretó que la responsabilidad del pago del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) corre a cargo de las concesionarias, y no de los usuarios de las fincas en concesión. Con ello, Forcadell legitimó la devolución de los pagos indebidos realizados del impuesto hasta el momento al Ajuntament de Barcelona por parte de la comunidad de usuarios de un parking en concesión, administrado por la consultora.
La consultora inmobiliaria Forcadell, a través de sus abogados, en su papel como administrador de fincas y, por tanto, representante de sus clientes, prestó asistencia jurídica a una de las comunidades de propietarios que administra en Barcelona, concretamente una comunidad de usuarios de un parking en concesión ubicado en la calle Comte Borrell, la cual reclamó el incorrecto cobro del IBI por parte del Ajuntament de Barcelona. La demanda se sustentaba en que la Ley Reguladora de las Haciendas Locales no contempla a los usuarios de las concesiones como sujetos pasivos del impuesto y, por tanto, no son en ningún caso responsables del pago del impuesto, siendo dicha resolución el resultado de un recurso de apelación presentado al Tribunal Superior de Justicia de Catalunya.
La resolución, válida para todo tipo de concesiones, y de carácter muy novedoso, podría servir de precedente para un gran número de comunidades de usuarios en concesión en las que se podría repercutir un impuesto sobre personas que no pueden ser consideradas el sujeto pasivo del mismo.